Noticias en General, Prensa ; 27 septiembre, 2007 a 3:48 pm

Habrá multas desde 25 a 100 pesos para quienes fumen en lugares cerrados y desde 500 para los que permitan fumar.

27/09/2007 | En poco más de cuatro meses no se podrá fumar en ningún lugar cerrado con acceso público de Mendoza. Cuando parecía que ya no iba a prosperar tras permanecer cajoneada desde fines del año pasado, ayer fue sancionada la ley provincial antitabaco. Ahora, las personas que prendan un cigarrillo en bares, boliches, comercios, restaurantes o cualquier sitio público deberán pagar una importante multa, al igual que los propietarios de esos locales.

Con este demorado avance en materia de salud, Mendoza se suma a la lista de cinco provincias que han optado -en el último año y medio- por vivir en ambientes 100 por ciento libres de humo. La norma aprobada ayer en Diputados modifica una ley sancionada en el ‘88 (la 5.374) que nunca se plasmó en la realidad. Ésta prohibía fumar en los edificios públicos, como hospitales, escuelas u oficinas del Estado.

Las idas y vueltas de los legisladores locales mantuvieron el proyecto en sala de espera por meses. Se sabía que en la Cámara baja tenían algunas objeciones que hacerle a la media sanción del Senado, por eso sorprendió la repentina resolución de ayer, cuando se impuso con 19 contra 8 votos en contra. “La sacamos para que no nos siguieran culpando de cajonear el proyecto, pero creemos que faltan algunos puntos. Para incluirlos, vamos elaborar una ley correctiva”, dijo el radical Raúl Vicchi.

Lo cierto es que -cuando pasen los cuatro meses previstos para coordinar su aplicación- los mendocinos no podrán fumar en cualquier espacio cerrado con acceso público. Además, se sancionará la venta de cigarrillos a menores de 18 años y a los locales que no informen con cartelería o de otro modo la prohibición. El texto legislativo contempla como excepciones a los neuropsiquiátricos, los penales, los casinos y los salones de fiestas cuando sean utilizados para eventos de carácter privado.

¿Quién controlará que esto se cumpla? Ese fue uno de los puntos del proyecto que generó mayor polémica en el ámbito parlamentario. Mientras que en el Senado proponían al Ministerio de Salud como órgano de aplicación, en Diputados manifestaban las ventajas logísticas de que esa tarea quedara en manos de los municipios. Finalmente, el texto aprobado establece una autoridad conjunta entre la Subsecretaría de Planificación y Promoción de la Salud y las comunas que adhieran a la nueva disposición provincial.

Ellos tendrán la responsabilidad de encarar las inspecciones y aplicar las multas, que serán destinadas a rentas generales. Las sanciones irán de 25 a cien pesos para la persona que se encuentre fumando en sitios prohibidos y de 500 a dos mil pesos para el propietario o representante legal del local que lo permita, con la posibilidad de clausurar el negocio en caso de reincidencia.

“Mendoza debía dar este paso, que ya han dado otras provincias. Venimos trabajando desde hace tiempo y nos afectó mucho cuando el gobernador Iglesias nos vetó el proyecto por cuestiones formales”, dijo Ramón Alchapar del Programa de lucha contra el tabaco y director del hospital Lencinas. “Como neumonólogo, todos los días veo patologías causadas por cigarrillo, que se podrían evitar”, agregó.

En recinto

Fueron muchos los vaivenes que sufrió el proyecto original de Sergio Bruni. Cuando volvió al Senado con las modificaciones propuestas por los diputados, la Cámara alta lo archivó y elaboró uno nuevo. De ahí que, pese a aprobarlo, algunos diputados tengan intención de hacer otra ley.

El punto de mayor conflicto es la asignación de 3 millones de pesos que los diputados habían pensado transferir a los municipios para asegurar su aplicación.

Mientras que el concertador Luis Pietri señaló que este monto puede verse después en las partidas presupuestarias, el justicialista Carlos Bianchinelli dijo que “el Gobierno terminará pasando la pelota a las comunas y hay algunas no tienen recursos para encarar la nueva tarea”. Para el diputado, las empresas deberían optar sobre la prohibición y deberían exceptuarse las que tienen divisiones físicas..

URL http://www.losandes.com.ar/notas/2007/9/27/sociedad-243228.asp

 

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