Noticias en General, Prensa ; 21 noviembre, 2005 a 3:41 pm

Los largos juicios de desalojo, con una duración de entre 3 y 4 años, son historia. El Senado provincial aprobó ayer la ley de desalojo inmediato a inquilinos por falta de pago. Así, el dueño de la propiedad (locador) podrá obtener la desocupación inmediata del inmueble en un plazo no mayor a los 10 días corridos, según indica la ley. La medida judicial se podrá ejecutar después de un mes vencido impago y el incumplimiento del mes corriente que se paga por adelantado (el día 11 de cada mes). Traducidos estos plazos a tiempos procesales -que por la acumulación de causas es más lento- los inquilinos deudores serán desalojados entre los 90 y 120 días de iniciada la demanda, de acuerdo con la experiencia de la Ciudad de Buenos Aires, donde se aplica la misma normativa desde hace un año. El juez civil será quién decida la desocupación inmediata, previo ofrecimiento del locador de una caución de hasta 20 mil pesos (puede ser utilizada la propiedad como garantía) para indemnizar al locatario (inquilino) que haya sido desalojado, en el caso de que se determine que no existía tal incumplimiento. Según aclaró el asesor inmobiliario Miguel Abasolo, la incorporación del desalojo inmediato al Código Civil no interfiere en el derecho a defensa de los locatarios. «El juicio de desalojo continuará su curso normal, lo que se acelera es el tiempo en que un propietario recuperará su vivienda para volver a disponer su alquiler», precisó. Bajarán los alquileres Los directivos de la Cámara Inmobiliaria de Mendoza celebraron con un aplauso en el recinto legislativo la aprobación de esta norma que modifica el Código Procesal Civil de la provincia. El proyecto fue impulsado por el jefe del bloque radical, Sergio Bruni. Y fue aprobado por la mayoría de senadores radicales y justicialistas y la abstención de los demócratas, quienes pedían una semana más de análisis del proyecto en comisiones. El presidente de la Federación Inmobiliaria de la Argentina, Manuel Otero; el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Mendoza, Carlos Puebla, y los dirigentes y martilleros Santiago Debé y Leonor Cicchiti coincidieron en que esta norma permitirá aumentar en un 30 por ciento la oferta inmobiliaria de la provincia y como consecuencia reducirá hasta un 20 por ciento los costos de los alquileres. Esto ocurriría por la menor exigencia de garantías que generará el endurecimiento del régimen de desalojo. La dirigencia del sector inmobiliario calcula que en Mendoza hay un 30 por ciento de viviendas desocupadas que no son alquiladas porque sus propietarios temen atravesar tortuosos juicios por desalojo. «La ley permitirá incorporar esas propiedades a la oferta y promoverá la construcción de departamentos y viviendas destinados al alquiler», dijo Debé, un experimentado del rubro. Los asesores en temas inmobiliarios aseguran que el trámite será muy sencillo: ante incumplimiento del locatario por falta de pago o por la no restitución de la propiedad una vez vencido el contrato, el propietario podrá intimar al locatario, previo depósito de caución real. La garantía que depositará el propietario será para asegurar que, si los hechos que él mismo alega y motivan su presentación no son verídicos ni comprobables, el juez pueda indemnizar al locatario por los daños y perjuicios sufridos. «Esto es lógico y justo, ya que no se pueden permitir presentaciones antojadizas de los locadores», precisó Abasolo. La ley de desalojo inmediato obtuvo el visto bueno de la Cámara de Diputados en diciembre del año pasado. Ayer consiguió la sanción del Senado y entrará en vigencia cuando el Gobernador decida su promulgación, un trámite que los inmobiliarios esperan se resuelto en breve. Juicio express El artículo 399 de la ley 2269 del Código Procesal Civil de la provincia habilita la aceleración del proceso de desalojo por falta de pago o vencimiento de contrato. La medida supone la desocupación inmediata del inmueble. En los casos en que la causal invocada fuera la de falta de pago o vencimiento del contrato, el locador podrá, bajo presentación de una garantía de hasta 20 mil pesos, obtener la desocupación inmediata de su propiedad. Manuel Otero Federación Inmobiliaria «La ley beneficiará a los inquilinos y propietarios. Al acelerar la recuperación de las propiedades alquiladas, los dueños se animarán a ofrecer sus propiedades en alquiler. El inquilino logrará reducir hasta un 20% los costos de alquiler y disminuirán las exigencias de garantías. Además aumentarán un 18% las viviendas en construcción destinadas al alquiler». Sergio Rocamora Abogado Prodelco «La norma es similar a la reforma del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que tiene resultados positivos. El juez analiza el derecho del propietario a recuperar el inmueble y continúa el proceso legal por el desalojo. Se reducen notablemente los tiempos procesales. Es justo y razonable para ambas partes».

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  1. elizabeth
    Date:8 enero, 2012

    ola me decis que hago com mi inmquilina .hace 4 meses y no paga . que devo hacer. le pedi el dpto.

  2. victor echevarria
    Date:28 mayo, 2012

    Hola,me podría dar alguna sugerencia para sacar a unos inquilinos que están hace 10 años alquilando sin contrato,en su momento les alquilaba mi mama que hace 5 años falleció,desde ese momento no pagaron mas y no se quieren ir.Gracias!

  3. jorge
    Date:24 enero, 2013

    hola, mi nombre es jorge, consulto por este medio para saber que puedo hacer para que se vayan de un departamento interno propiedad de mi tia que es discapacitada ella vive adelante y ellos los ocupantes atras en el mencionado departamento, el tema es que estos sujetos una pareja jovenes alrededor 25 años se vencio el contrato de alquiler hace como un año y previo a esto no pagan alquiler desde hace 18 meses, estoy muy preocupado quiero que se vayan ya y paguen por los meses viviendo en el lugar, muchas gracias, mi tia es discapacitada y ademas debemos ayudarle financieramente para que llegue a fin de mes y estos caraduras viven gratis en el departamento interno propiedad de ella… el problema es que en el contrato de alquiler los garantes solicitados eran con bonos de suledo y no se hizo convenio de desalojo quiero sacarlos yo mismo, no se que hacer…. gracias por la ayuda

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