Proyectos ; 7 marzo, 2011 a 11:44 am

  • Ley Nº 7595: Modifica el Programa Provincial de Prevención de los Riesgos Vinculados con la Diversión Nocturna de los Jóvenes, proponiendo mayores medidas de seguridad y ordenamiento en la temática.
  • Expte. 48435: Crea el Sistema de Ayuda Pública para las Víctimas del Delito, proponiendo la intervención positiva del Estado en el tratamiento de las Víctimas directas e indirectas de Delitos, en el abordaje de las diversas y complejas consecuencias perjudiciales que se desprenden de los ilícitos y a las que se ven sometidos estos individuos, tales como la falta de apoyo psicológico, las presiones a las que se ve sometida, la necesidad de revivir el delito a través del juicio oral, los riesgos que genera su participación en el mismo, etc.
  • Ley Nº 7841: Destina la totalidad de lo recaudado a través del impuesto a los ingresos brutos sobre la venta de armas y municiones a la financiación del  programa  de asistencia a víctimas del delito,  con el objeto de incrementar los fondos con que cuenta para financiar su accionar.
  • Ley Nº 7697: Regula las actividades de inteligencia y contrainteligencia en el ámbito de la investigación penal, dándole a los organismos encargados de realizar la tarea de investigación de ilícitos, las herramientas legales para facilitar dicha tarea en la búsqueda de soluciones para el problema de la inseguridad.
  • Ley Nº 7229: Incorpora el artículo 41 bis al Código de faltas de la provincia de Mendoza , sancionando a quien a sabiendas utilizare de manera indebida el sistema de llamadas de emergencia, ya sea policial, bomberos, defensa civil o de salud.
  • Expte. 47416: Provea al personal de la fuerza de seguridad el suministro de proyectiles que contengan en número de serie grabado en los mismos, uno de los puntos relacionados con el delito, se vincula con el armamento utilizado por la delincuencia, el cual no procede en su mayoría de las armerías habilitadas, por cuanto allí los controles son muy estrictos. De esta manera, según lo muestran distintos operativos y/o allanamientos efectuados, la adquisición de las mismas se reduce al robo o hurto al personal de seguridad o a particulares, o bien por compra clandestina en armerías no habilitadas, a particulares, o al mismo personal de las distintas fuerzas de seguridad. A fin de limitar este tráfico ilegal de municiones, entendemos como una medida pertinente grabar cada uno de los proyectiles en su vaina con un número de serie que permita identificar el origen de los mismos, limitando el margen de aquella comercialización y consecuentemente se agilizaría el conocimiento de la fuente del material en cuestión.
  • Expte. 47351: Establezca normas generales para la Policía Municipal, ya que los Municipios se encuentran en un lugar privilegiado para la detección de la problemática que en seguridad puedan tener los vecinos de una determinada jurisdicción, dando solución directa a este flagelo, colaborando con la tarea que se realice a nivel provincial.
  • Expte. 47276: Suspenda los efectos de la ley sobre impacto ambiental -Ley Nº 5961- respecto de la localización de los edificios penitenciarios.
  • Expte. 50342: Regula la organización, funcionamiento y competencia de la Dirección de Investigaciones, en cuanto a su actividad como órgano de investigación penal, puesto que no existe un protocolo de actuación que colabora a la dilucidación de los ilícitos que se cometen en Mendoza
  • Ley Nº 7551: Implementa el numero 911 para comunicar todo tipo de emergencias, ya que un número único facilita el acceso a un sistema integrado por parte de los usuarios puesto que en situaciones límite, en las que un minuto puede costar la vida de una o varias personas, resulta difícil recordar todos y cada uno de los distintos números telefónicos para denunciar un delito, informar un accidente o una catástrofe. A su vez, resulta de suma utilidad en la hipótesis de que quien se encuentre en circunstancias de peligro pueda ser un niño. Por otro lado, al ser un número mundialmente conocido es fácil de instalar también en turistas, visitantes
  • Expte. 49689: Modifica el Art. 129 de la ley 6354: alojamiento de menores en establecimientos penitenciarios, abordando una problemática de suma vigencia sobre los menores que desarrollan una conducta de suma peligrosidad no pudiendo ser contenidos en los lugares habilitados de ordinario a estos efectos, resultando inadecuado no sólo para ellos mismos (en miras a su futura reinserción social) sino también para los otros menores alojados allí, para el personal de esa institución y para toda la sociedad mendocina, puesto que son comunes las fugas de los referidos menores.  Estas especiales y determinadas condiciones de peligrosidad requieren de un tratamiento diferencial, en procura de la protección de la seguridad en Mendoza.
  • Expte. 49341: Crea el Registro Provincial de Bicicletas,  la utilización de este especial medio de transporte ha proliferado en los últimos tiempos, aún más, existen Departamentos de nuestra Provincia donde se encuentra entre los principales utilizados por los vecinos. San Rafael, por ejemplo, resulta ser uno de los de mayor densidad ciclística en el país, allí se sustraen periódicamente 4 bicicletas, cifras que resultan alarmantes sobre todo si medimos las consecuencias que se desprenden de estos hechos. Es decir que en forma directamente proporcional ha aumentado el número de delitos que se comenten en función de esta situación, que van desde el hurto o robo de las bicicletas, hasta  de lesiones y homicidio de sus propietarios. Esta actividad ilícita es bastante común, sobre todo en función de que resulta de suma facilidad la comercialización de las mismas, aún cuando su adquisición haya provenido de la comisión de un delito. Este patrón delictivo se repite en experiencias internacionales (España, por ejemplo) y nacionales (Entre Ríos, es una muestra de ello). Por otro lado, las Fuerzas de Seguridad, advertían que en los operativos que se realizan, entre los artículos robados recuperados encontraban un gran número de bicicletas, muchas de ellas de gran valor, que no pueden ser restituidas a sus dueños por no contar con ningún tipo de identificación.  Todo esto conforma un círculo vicioso que pretendemos cortar. La idea no es gravar con trámites burocráticos la adquisición y comercialización de estos especiales medios de transporte y recreación, sino atender a la problemática, cada vez más compleja, de la inseguridad.
  • Ley Nº 7503: Crea la Dirección de Promoción de los Liberados,  es una institución que se dedica a la contención y reinserción social de aquellos que gozan de libertad condicional, o se encuentran bajo un régimen de excarcelación o cumplan penas en libertad. Si bien aquel es su fin específico sus beneficios se extienden no solo a los que estuvieron recluidos, sino también a la sociedad en su conjunto, puesto que se persigue un comportamiento inclusivo y constructivo de aquellas personas, evitando mediante el control y monitoreo, conductas delictivas reincidentes promoviendo de esta manera mayores niveles de seguridad en nuestra provincia.
  • <Expte. 52696: Modifica los artículos 40 y 41 de la ley 6722, a los efectos de poder incorporar personal profesional y técnico idóneo en las diferentes áreas del Ministerio de Seguridad para la realización de los trabajos de apoyo logístico de la Fuerza, fundamental para el mantenimiento de las herramientas técnicas con que cuenta nuestra Policía para la lucha contra el delito.
  • Ley 7594: Autoriza al Ministerio de Seguridad a efectuar contratos de arrendamiento sobre los helicópteros de su propiedad y que desempeñan tareas operativas en el referido ministerio, regulando su práctica habitual, sin desatender la finalidad principal para la que fueron adquiridos (la Seguridad de los mendocinos) y a su vez brindándole al Cuerpo Aéreo Policial una herramienta útil para su autofinanciamiento, destinado al mantenimiento y mejora de las aeronaves.
  • Expte 53840: Crea el «Sistema de Video Vigilancia Urbana», con la finalidad de profundizar las medidas necesarias para la prevención, detección y control de las actividades delictivas mediante la colocación de cámaras de video en puntos neurálgicos y/o zonas «conflictivas» de Mendoza.
  • Expte. 58940: Incorpora en la Ley de Presupuesto 2011, la partida presupuestaria suficiente para la adquisición de una autobomba con escalera hidráulica destinada a la 1º Delegación de Bomberos «Cuartel Central» dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza, la cual deberá estar equipada con tecnología para el rescate de personas y mitigación de incendios en altura, en forma rápida y segura, atento al crecimiento exponencial de la edificación vertical en el Gran Mendoza.

 

COMPARTIR

Comentarios


Su Nombre: (Obligatorio)

Su Mail: (Obligatorio)

Su Web


Seguime
noviembre 2025
L M X J V S D
 12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930